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Proceso de solicitud de registro de marcas

Búsqueda previa de marcas: antes de registrar una marca en España, es importante hacer una búsqueda previa en la base de datos de la Oficina Española de Patentes y Marcas (OEPM) para comprobar si ya existe una marca similar o idéntica a la que se desea registrar.

Solicitud de registro de la marca: una vez que se ha comprobado que la marca no está registrada en la OEPM, se debe presentar una solicitud de registro. Esta solicitud se puede realizar de forma presencial en la OEPM o a través de su plataforma online.

Pago de tasas: para registrar una marca en España, es necesario pagar las tasas correspondientes. El importe de estas tasas varía según el tipo de marca y el número de clases en las que se quiera registrar la marca.

Examen de la solicitud: una vez presentada la solicitud, la OEPM examina si la marca cumple con los requisitos legales para ser registrada. Si la solicitud es aceptada, se procede a su publicación en el Boletín Oficial de la Propiedad Industrial (BOPI) para que cualquier interesado pueda presentar oposición a su registro.

Periodo de oposición: después de la publicación en el BOPI, se abre un período de dos meses durante el cual terceras empresas pueden presentar una oposición al registro de la marca. 

Defensa: en caso de recibir una o varias oposiciones a la solicitud de registro de una marca, el titular de la marca tiene derecho a defenderla presentando alegaciones ante la OEPM. El objetivo de la defensa es presentar argumentos en el contexto de la Ley de Marcas a favor de la legitimidad de la solicitud de registro frente a la OEPM.

El plazo para presentar alegaciones es de un mes a partir de la fecha de notificación de la oposición. Durante este período, el titular de la marca puede aportar documentación adicional o argumentos que refuercen su posición.

Una vez presentada la defensa, la OEPM analiza los escritos presentados y decide si concede o no el registro de la marca. En caso de que la OEPM considere que las alegaciones son suficientes para desestimar la oposición, se procede a la concesión del registro de la marca. En caso contrario, se puede recurrir la decisión ante los tribunales o intentar llegar a un acuerdo con la parte opositora.

Es importante tener en cuenta que el proceso de defensa en caso de recibir una oposición a la solicitud de registro de una marca puede ser complejo y requiere de conocimientos especializados en propiedad intelectual. 

Concesión del registro: si las resoluciones frente a cada oposición son a favor de nuestra defensa, la OEPM procede a la concesión del registro de la marca y emite el correspondiente título de registro. Una vez concedido el registro, se debe renovar periódicamente cada 10 años para mantenerlo en vigor.

Recurso de alzada: escrito que se presenta cuando la Oficina de Marcas o entidad encargada de la protección de marcas emite una resolución desfavorable o deniega la solicitud de registro de una marca. En este, se exponen los motivos y argumentos por los cuales se considera que la resolución inicial es incorrecta o injusta.

Vigilia de la marca: después de registrar la marca, es importante llevar a cabo una vigilia continua para detectar posibles infracciones o usos no autorizados de la misma. En caso de detectar alguna infracción, se pueden tomar medidas legales para defender los derechos de la marca.

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